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Katie Russell
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Cada año, cientos de miles si no millones de personas entran a los EEUU Sin Inspección (“EWI”). Miles de otros entran al EEUU legalmente con una visa apropriada para solo quedarse por mas tiempo que la visa permite. La mayoria de los 20,000,000 indocumentados en los EE.UU. constan de personas en estas dos situaciones. Hay muchas propuestas para un remedio legislativo para personas bajo de estos circunstancias, pero para ahora estamos todavia esperando una solucion legislativa. Una pregunta que nos encuentra con frequencia es: “¿qué puede ser hecho ahorita para ayudar a los 20,000,000 indocumentados en los EEUU?”
Para un inmigrante que ha entrado al EEUU legalmente pero se permitió que su status o visa se venció, hay muchas opciones legales. Para uno que se había entrado al país sin inspección, no hay muchas opciones para alcanzar a tener la residencia, pero todavia hay un proceso en que uno pueda convertirse en una residente permanente. Uno puede alcanzar a tener la residencia permanente por solicitar en los EEUU o por visitar al consulado en el extranjero y solicitarla allá. Lo que queda de este articulo trata de una opción disponible: “Cancelación de remoción y ajuste de status”.
El Fiscal General del Estado puede cancelar a la removación y ajustar el status de un inmigrante indocumentado que esta considerado deportable si no ha estado físicamente presente en los EEUU por un período continuo de menos de 10 años precediendo inmediatamente la fecha de tal aplicación. La presencia física continua para propósitos de cancelación de remoción termina cuando empieza el proceso de remoción o sobre la comisión de ciertos actos criminales. La aplicación debe ser hecha en una audición de deportación, en la forma proscrita con el honorario apropiado de la clasificación. OJO: el requisito físico continuo de presencia
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